lunes, 13 de marzo de 2017

El convenio 169 de la OIT.




El convenio de los pueblos indígenas de países independientes se estableció como tratado internacional el 27 de junio de 1989 en manos de la OIT (Organización Internacional del Trabajo)proponiendo nuevos contenidos.

También se establece el derecho de los pueblos indígenas a vivir y a desarrollarse libremente y ser respetados, estableciendo obligaciones para los estados de su integridad cultural; son derechos sobre tierras, territorios y recursos culturales.


Los gobiernos deberán adoptar medidas acordes a las tradiciones y culturas de los pueblos interesados, a fin de darles a conocer sus derechos y obligaciones, especialmente en lo que atañe al trabajo, a las posibilidades económicas, a las cuestiones de educación y salud, a los servicios sociales y a los derechos dimanantes del presente Convenio. 
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ESTABLECIMIENTOS DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS EN MATERIA DE DERECHOS INDÍGENAS.

Se estableció el articulo 10 fijando la prohibición de toda discriminación por origen étnico o nacional.
En el párrafo 4 se establece que las comunidades integrantes de los pueblos indígenas deben formar una unidad social económica.

Otra declaración que posteriormente surgió en el año 2007 fue sobre pueblos indígenas, done la ONU (DECLARACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS) aprobó la declaración de los derechos indígenas.

jueves, 9 de marzo de 2017

Antecedentes históricos de los derechos indigenas

En este artículo se dará a conocer acerca de los pueblos y las personas indígenas, constituyentes de la sociedad mexicana con mayor atención para su desarrollo político, social y cultural. Con el fin de contribuir hacia el respeto de sus derechos individuales como miembro de una comunidad.






  • Después de la segunda guerra mundial se estableció en el articulo la necesidad de realizar la cooperación en el desarrollo y protección de los derechos humanos sin distinguir a cualquier persona por motivos de raza, sexo, religión o idioma.


              Para esto la declaración universal de los derechos humanos establece sus dos primeros artículos.
    Uno de ellos declara que todos los seres humanos nacen libres he iguales en dignidad y derechos.
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    EL articulo 27 se establece que en los países con menores etnias no se les negara el derecho a tener su propia vida cultural.


    Estos son algunos argumentos por los cuales debemos respetar los derechos indígenas, ya que todos somos iguales sin importar en donde hayan crecido,nuestra lengua, religión, idioma y cultura, sin embargo esto no toda la sociedad lo entiende por eso es que el país no ha progresado. La gran diversidad de grupos étnicos siguen desapareciendo por no saber respetar sus derechos.